NARRACIÓN: ¡Hola! soy Lourdes Álvarez, periodista para La Luciérnaga.
NARRACIÓN:
En 2024, en el colegio Continental Americano, en la zona 17 de Ciudad de Guatemala, un grupo de adolescentes manipuló a través de inteligencia artificial una serie de fotografías de sus compañeras. Luego las vendieron en redes sociales como pornografía.
Esta situación, es un claro caso de violencia digital, pero no se investigó y juzgó bajo esa categoría, porque en el Código Penal de Guatemala no existe como delito.
Por este caso, en marzo de 2025, fueron ligados a proceso penal 4 adolescentes menores de edad, por violación a la intimidad sexual, difusión y posesión de material pornográfico de personas menores de edad, según la Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas.
Reconocer que existen diferentes tipos de violencia digital puede ser complejo, ya que en gran parte son violencias que no incluyen contacto físico. Además, la mayoría son nombradas en inglés y se refieren a diversos comportamientos con los que muchas personas pueden no estar familiarizados.
La violencia digital que puede incluir acoso y hostigamiento, es ciberacoso. La que incluye acoso, engaños, extorsión y hasta suplantación de identidad para obtener contacto sexual con una persona menor de edad se llama grooming.
Y esto es importante, porque muchas personas —principalmente mujeres, niñas y niños— sufren este tipo de violencia, según datos de Unicef.
No reconocer la violencia sexual digital como delito implica subregistros. A nivel cultural, al no exponer los casos, también se impide la investigación y la aplicación de penas, y no se propician cambios de comportamiento y prevención.
En el Congreso de Guatemala, las diputadas de la Comisión de la Mujer buscan que se apruebe una Ley Contra la Violencia Sexual Digital.
La iniciativa 6280 propone modificar el Código Penal para añadir la violencia sexual digital que incluye chantaje sexual, extorsión sexual a través de la seducción a niños, niñas y adolescentes y el ciberacoso sexual. La pena máxima que sugieren va hasta los 12 años de cárcel.
La diputada presidenta de la Comisión de la Mujer, Sonia Gutiérrez Raguay, comenta sobre la importancia de esta actualización legal:
ENTREVISTADA: «Esta es una ley importante en materia de prevención, erradicación y sanción de las nuevas modalidades de violencia a través de la tecnología, modificando algunos delitos que ya existen, pero con más rigidez. También creando nuevas figuras delictivas como el ciberacoso, el chantaje sexual, la extorsión sexual».
NARRACIÓN: Estos delitos se refieren a formas de amenazar o agredir a las personas usando las plataformas o medios digitales. Actualmente, la Fiscalía da seguimiento a algunos casos de violencia sexual digital a través de la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas y la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia. Pero hay vacíos.
ENTREVISTADA: «El espíritu de la ley no es solamente prevenir, sino que realmente se sancione, tomando en consideración el impacto que genera para las niñas, adolescentes y las mujeres que son las más vulnerables».
NARRACIÓN: La nueva ley buscaría prevenir la violencia sexual digital con el impulso de acciones conjuntas entre instituciones del Estado que ya realizan campañas de información y sensibilización. En agosto de 2025, la ley ya tenía un dictamen favorable de la comisión de la Mujer, que permite ser agendada y conocida en las sesiones del Congreso, El pleno deberá conocer y decidir si se aprueba.
Te invitamos a compartir esta cápsula y a consultar las páginas oficiales de las instituciones y organizaciones que trabajan en prevenir la violencia digital.
OUTRO CORTA La Luciérnaga es un proyecto especial de Agencia Ocote. Se produce con fondos del Fondo Centroamericano de Mujeres Foundation. Se distribuye en alianza con radios nacionales, locales y comunitarias.
La investigación y el guion son de Lourdes Álvarez. La edición de textos de Alex Maldonado
El montaje sonoro es de Carlos Díaz.
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